
Hoy queremos recordar a nuestros empresarios de familia, la importancia que tienen las Asambleas de familia al interior de las sociedades, teniendo en cuenta que cumplen funciones consultivas, de divulgación y propenden por diseñar canales de comunicación entre los miembros de familia, a quienes se les informa acerca de las gestiones de la empresa y se les permite manifestar su opinión sobre la misma.
La forma de elección de los miembros de la Asamblea de Familia, debe estar debidamente estipulada en los protocolos de familia y deberá estar conformada “(…) por los miembros unidos por vínculos consanguíneos y único civil, respecto de aquellos accionistas o socios de la sociedad de familia (…)”, lo anterior, tal como se ha recomendado en la Guía Colombiana de Gobierno Corporativo, emitida por Confecámaras, Cámara de Comercio de Bogotá y Superintendencia de sociedades; sin embargo, si así lo desean los socios de la empresa de familia, se podrá permitir que quienes no estén unidos por vínculo consanguíneo y único civil, puedan hacer parte de esta asamblea de familia, así como decidir si se faculta o no a los miembros de la Asamblea de Familia para tomar decisiones al interior de la compañía.
De otro lado es importante tener en cuenta la recomendación realizada por la Cámara de Comercio de Bogotá en su publicación de “El gobierno corporativo de las sociedades de familia en Bogotá” en donde indica que “Es necesario tener cuidado con la conformación de este órgano de familia, pues la información que van a tener los miembros de la asamblea de familia es necesaria para garantizar a la transparencia de las relaciones entre la sociedad y la familia”.
Con lo anterior, te recomendamos evaluar las funciones y facultades de la Asamblea de Familia con la que cuenta actualmente su sociedad.
